para que presente documentos que no le es posible obtener porque son inexistentes o porque están en proceso de elaboración.
De acuerdo con el concepto de la SSPD, si el prestador considera que debe exigir al suscriptor potencial, que pruebe bajo qué título habita el inmueble, debe aceptar la prueba válida y legal que le allegue el solicitante, pues esto no puede convertirse en un obstáculo para cumplir con el derecho al acceso a los servicios públicos domiciliarios y menos requerir al suscriptor potencial
para que presente documentos que no le es posible obtener porque son inexistentes o porque están en proceso de elaboración.