más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
De acuerdo con el concepto de la CREG, los intereses que se aplican por diferimiento de obligaciones de pago de los comercializadores son: las cantidades de pago diferido, el ASIC y LAC informará la tasa de interés y para incumplimiento en pagos diferidos, dará lugar a la aplicación de los intereses de mora según lo definido en la Resolución CREG 116 de 1998. Puede conocer
más detalles consultando el documento publicado por la entidad.