Durante la emergencia del COVID 19 se le permite el derecho a la circulación, con el fin de cumplir sus obligaciones legales, entre las cuales se encuentra, la realización de la visita técnica correspondiente, lo cual garantiza el funcionamiento del estado, permitiendo atender de forma idónea, la emergencia sanitaria. Ahora bien, para efectos de lo anterior, dichas autoridades deberán adoptar las medidas administrativas a que haya lugar, con el fin de cumplir el cometido y cualquier desconocimiento de sus obligaciones, podrá originar el nacimiento de las responsabilidades (disciplinarias, penales) que bien correspondan.