A través de la resolución, se define la jurisdicción de las Direcciones Regionales de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP-, señalándose el nombre de la Regional correspondiente a cada sede. “La jurisdicción del Municipio de Río de Oro y González departamento de Cesar, estará a cargo del Director Regional Barrancabermeja; el Municipio de San Sebastián de Buenavista y Regidor departamento de Magdalena y Bolívar estará a cargo del Director Regional Magangué y el Municipio de Córdoba departamento de Bolívar estará a cargo del Director Regional Barranquilla AUNAP; teniendo en cuenta la parte considerativa del presente proveído, quien se apoyará y acompañará de las dependencias de la AUNAP en lo que corresponda y bajo los lineamientos de la Dirección General”
El concepto indica que para determinar si una suspensión del servicio de acueducto constituye o no una falla en la prestación del servicio, será necesario verificar las causales y la frecuencia de suspensión, por lo que corresponderá a la Dirección Técnica de Gestión de Acueducto y Alcantarillado adelantar las actuaciones del caso.
El proyecto de resolución tiene por objeto adoptar la metodología para la definición del ajuste definitivo del presupuesto máximo fijado a las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar – EOC para la vigencia 2020, en desarrollo del numeral 14.3 del artículo 14 de la Resolución 586 de 2021.
El proyecto de norma de la ANI establecería las tarifas a cobrar en las estaciones de peaje Ocoa, Iracá, La Libertad, Casetabla, Yucao y El Cairo de acuerdo con las especificaciones de la parte resolutiva del documento publciado por la entidad.
Para certificar la aptitud física, mental y de coordinación motriz de los candidatos a obtener por primera vez, recategorizar y/o refrendar la licencia de conducción, los Centros de Reconocimiento de Conductores, deberán expedir Certificados de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz en una cantidad que no supere la máxima diaria autorizada.
De conformidad con la metodología del ajuste definitivo del presupuesto máximo fijado para la vigencia 2020, el ministerio de Salud ajustó el presupuesto máximo de las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, el cual será adicionado en el valor contenido en la tabla que integra el presente proyecto de acto administrativo expedido por la Entidad. “La ADRES transferirá a las Entidades Promotoras de Salud, los recursos producto del ajuste definitivo al presupuesto máximo de la vigencia 2020, de que tratan los artículos 2 y 3 del presente proyecto de acto administrativo”.
De acuerdo con el concepto, en el servicio público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en vehículos Taxi, la capacidad transportadora es del respectivo municipio y no de las empresas de transporte como sucede en las otras modalidades de transporte, es decir, corresponde a la autoridad local dentro de su respectiva jurisdicción,
A través del presente concepto se aclaró que si la entidad sin ánimo de lucro que se crea para tales efectos tiene participación mixta, se trata de una entidad descentralizada indirecta o de segundo grado y no de una entidad privada, a pesar de que su régimen jurídico pueda ser el derecho privado.
El Gobierno expidió decreto que reglamenta las condiciones para la apropiación de recursos, ordenación del gasto, funcionamiento y operación de FONCULTURA, las requeridas para la transferencia, administración, inversión y ejecución de los recursos del Fondo por parte de la entidad designada por la Ley para el efecto, las condiciones en que se conformará el Comité Directivo de FONCULTURA, y los lineamientos para el desarrollo de sus funciones de seguimiento a la administración y ejecución de los recursos del Fondo.
A través del concepto se reitera que “Para los criterios enunciados que involucren la vinculación de capital humano, el oferente deberá acreditar una antigüedad igual o mayor a un año. Para los casos de constitución inferior a un año se tendrá en cuenta a aquellos trabajadores que hayan estado vinculados desde el momento de constitución de la misma”.