Los ponentes proponen acceder a un beneficio tributario, previa acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva, en la cual deberán tenerse en cuenta los beneficios ambientales directos asociados a dichas inversiones. Bajo esta interpretación legal, no se hace necesario acudir a una certificación de la Autoridad ambiental, sino que se pone en evidencia el aporte a la conservación del ambiente de las industrias, sin otro requisito que tener el SELLO DE PROCUCCION LIMPIA.