A través del acto administrativo se establece que los Interesados en el incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano, deberán inscribir y presentar el proyecto de inversión para incrementar la productividad en el sector agropecuario, a partir de la publicación de la presente Resolución y hasta el 14 de octubre de 2022, ante las Direcciones de Cadenas Agrícolas y Forestales y Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas.
El proyecto de resolución del ICA busca establecer las medidas sanitarias para el Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina en las especies bovina y bufalina en Colombia y los requisitos para la certificación de predios libres de Tuberculosis bovina, con el fin de minimizar los riesgos para la sanidad animal, la salud pública y la inocuidad y calidad de la producción primaria nacional.
A través del acto administrativo En ningún caso los aportes que reciban los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) de que trata el Decreto Legislativo 770 de 2020 y los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario de que trata el Decreto Legislativo 803 de 2020, estarán sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios.
“Este trabajo colaborativo, articulado principalmente por conducto del programa de cooperación técnica del OIEA, ha incluido cursos de capacitación, adquisición de equipo y de material fungible, asesoramiento por expertos y becas en laboratorios del OIEA y otros laboratorios colaboradores, así como la participación en actividades internacionales de investigación coordinadas por el OIEA”.
El Ministerio de Agricultora Resolución modifica el artículo 1 del Decreto Legislativo 796 de 2020 estableciendo que las facultades del Banco Agrario Colombia S.A., y al Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario- FINAGRO, como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG)