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Bogotá- Proyectos de Acuerdo

Bogotá- Proyectos de Acuerdo (293)

El presente proyecto de acuerdo, en concordancia con la normatividad existente, dicta las medidas necesarias para la prevención, detección temprana y trata-miento oportuno del cáncer de cuello uterino a través de diferentes acciones repartidas en 4 ejes: Prevención, Educación, Promoción, y Asistencia en el Distrito Capital.

El proyecto de acuerdo busca el reconocimiento a los mejores proyectos desarrollados en las áreas de infraestructura, deporte, recreación y cultura; por las Juntas de Acción Comunal JAC de las diferentes localidades en el Distrito Capital. Para lo anterior, la Secretaría Distrital de Gobierno en coordinación con el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC

A través del presente proyecto de acuerdo se busca que, la Secretaría Distrital de Movilidad promueva a través de diversas medidas, que se garantice a los usuarios del Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en vehículo Taxi, las condiciones de accesibilidad, comodidad, calidad, y seguridad en la prestación de dicho servicio en el Distrito Capital.

A través del presente proyecto de acuerdo, que será estudiado por el Concejo de Bogotá, se busca la creación de un fondo cuenta acumulativo para la formalización y reactivación laboral del personal necesario para el funcionamiento de las Subredes de Salud del Distrito, con el fin de garantizar los derechos fundamentales de los y las trabajadoras de forma permanente.

El presente proyecto tiene por objeto implementar y otorgar beneficios tributarios a los contribuyentes del impuesto de vehículos en la ciudad de Bogotá, con el fin de aliviar la carga tributaria y estimular la reactivación económica. En tal sentido, quedaría establecido que, únicamente para los años gravables 2021 y 2022 se establece un descuento del 50% sobre el impuesto de vehículos en el Distrito Capital. A partir del año gravable 2023, el impuesto retomará las tarifas vigentes.

De acuerdo con las disposiciones de la Ley 1176 de 2007, Decreto Nacional 1077 de 2015 y del Decreto Nacional 596 de 2016, los factores de subsidio para los suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá, D.C., en la clase de uso residencial de los estratos 1, 2 y 3, son los establecidos en el presente Acuerdo.

“El propósito del presente proyecto de acuerdo es la creación del Sistema Distrital para la Prestación del Servicio Público Domiciliario de Acueducto como una alternativa para que los barrios que no cuentan con las posibilidades técnicas para la prestación del servicio público de acueducto por redes tradicionales dadas las particularidades de sus territorios, puedan acceder al servicio público a través de esquemas diferenciales,

El presente proyecto busca establecer los lineamientos generales de la Política Pública Distrital de Primer Empleo, atendiendo a las disposiciones de la Ley 1429 de 2010 “Por la cual se expide la Ley de Formalización y Generación de Empleo”, con el fin de impulsar el acceso al primer empleo en la ciudad, por medio de ofertas de empleo, educación y capacitación para personas jóvenes, en situación de desplazamiento, en proceso de reintegración o en condición de discapacidad; Mujeres mayores de 40 años de edad, cabezas de familia de estratos 1 y 2; personas que devenguen menos de 1.5 SMMLV; así mismo para la población rural, víctimas del conflicto armado interno, reincorporados y migrantes, atendiendo para ello los enfoques diferenciales de género y territorial.

A través del presente proyecto se busca crear creación de un fondo cuenta acumulativo para la  formalización y reactivación laboral del personal necesario para el funcionamiento de las Subredes de Salud del Distrito, con el fin de garantizar los derechos fundamentales de los y las trabajadoras de forma permanente.

El presente proyecto busca establecer los factores de subsidio para los suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá, D.C., en la clase de uso residencial de los estratos 1 sea de 70%, estrato 2 de 45% y estrato 3 de 15%. Los detalles sobre esta medida los puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.