Se entiende por eficiencia fiscal y administrativa, la capacidad que tienen los municipios y distritos en asegurar la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, en ejecutar adecuadamente los recursos del Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico acorde con las actividades elegibles de gasto y evidenciar el esfuerzo de inversión con otras fuentes de recursos disponibles, realizar el pago de los subsidios a los estratos 1, 2 y 3 de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, dentro de la vigencia analizada en el año base, entre otros aspectos.