Las entidades estatales deben aplicar actualmente el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 para adelantar el procedimiento de mínima cuantía, pues dicha disposición normativa define aspectos generales de aquel, como el término mínimo para publicar la invitación, el plazo mínimo de recepción de las ofertas, el factor de evaluación que determina la selección del proponente y el perfeccionamiento del contrato.