En ese mismo orden de ideas, el Ministerio de Minas y Energía establecerá la minuta del contrato de manera previa a la publicación Reglamentos o Pliegos y Bases de Condiciones Específicas. Esta minuta hará parte integral de tales documentos y contendrá como mínimo: el objeto del Contrato, las obligaciones de las partes, el precio, el período de suministro y de vigencia, la forma de facturación, las garantías de las partes, las causales de terminación, las condiciones para la cesión del Contrato, las condiciones para su modificación, las cuales en ningún caso podrán establecerse en detrimento de los usuarios y los demás aspectos que el Ministerio de Minas y Energía estime convenientes para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de los Compradores y Vendedores provenientes de la Subasta.”