La AUNAP estableció que los criterios a atender para la definición de los recursos pesqueros del resto de los recursos hidrobiológicos. Los criterios son la importancia socio-económica, que se entiende como la contribución de una especie a la generación de ingresos producto de su aprovechamiento, bien sea comercialización local, regional o nacional, o que hace parte de las tradiciones socioculturales de la población
La información biológico-pesquera disponible, que hace referencia a la información publicada o referenciada sobre datos biológico-pesqueros o registros de volúmenes o movilización para una especie la reglamentación vigente, que hace referencia a la existencia de medidas de manejo o administración de la especie en cuestión, expresas en un acto administrativo expedido por la autoridad pesquera nacional.
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