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ANH emitió una circular a través de la cual recordó el pago oportuno de obligaciones derivadas de regalías por concepto de explotación de los recursos naturales no renovables

Escrito por  Feb 18, 2021

A través de una circular la ANH recordó a los productores, comercializadores y compañías operadoras que, el pago de regalías por concepto de explotación de un recurso natural no renovable, es una obligación constitucional, que tiene como finalidad satisfacer una contraprestación económica a favor del Estado y que a su vez busca beneficiar a las entidades descentralizadas

territorialmente, para que fomenten el desarrollo. mediante las Resoluciones 164 y 165 de 2015 se establecieron los procedimientos y plazos de liquidación, el precio base de liquidación de regalías generadas por la explotación de crudo y gas (respectivamente) y el manejo de anticipo de liquidación de regalías y se dictaron otras disposiciones, en las cuáles se estableció en cabeza de la Empresa Comercializadora o el

Operador del campo productor, la obligación del pago de regalías dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de radicación del documento de cobro que expida la ANH para tal efecto, para el caso de crudo y cinco (5) días hábiles para el caso de gas.

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Modificado por última vez en Jueves, 18 Febrero 2021 09:28