El Ministerio de Ambiente aclaró aspectos sobre la implementación de la nueva disposición que permite la suspensión y terminación anticipada de procedimientos sancionatorios ambientales mediante la corrección y compensación de daños. El Ministerio indicó que, si bien esta figura legal facilita que los infractores presenten propuestas viables para subsanar afectaciones, no ha expedido lineamientos, guías o formatos específicos adicionales a los ya existentes. Las medidas deberán enmarcarse en procesos de restauración, y para su evaluación y seguimiento, las autoridades ambientales competentes utilizarán herramientas regulatorias previas, como el Manual de Compensaciones del Componente Biótico y la Resolución 2086 de 2010. Se enfatizó que la responsabilidad de las decisiones sobre cada caso particular recae en dichas autoridades.