La CREG explicó la aplicación de la Resolución CREG 174 de 2021, aclarando dudas para los Generadores Distribuidos (GD). Se define que los "activos de conexión" y "activos de generación" son, para efectos prácticos, los mismos bienes necesarios para conectar un GD a la red. Estos, desde el medidor hasta el punto donde se ubica el GD, son propiedad y responsabilidad del generador. La CREG reiteró la prohibición de fraccionamiento de capacidad: cada GD debe ser "eléctricamente independiente", contando con sus propios activos de conexión y sistema de medición individual, incluso si múltiples GDs se ubican en la misma propiedad. La normativa sobre activos compartidos (Resolución CREG 200 de 2019) no aplica a los GDs.