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CREG protege a copropiedades: Operadores de red no pueden exigir pago por excedentes de autogeneración ni documentos no regulados.

Escrito por  Ene 26, 2026

La CREG precisa que los operadores de red no pueden obligar a copropiedades a asumir el consumo y pago de excedentes de energía generados por autogeneradores, ni condicionar los trámites de conexión con documentos no contemplados en la Resolución CREG 174 de 2021. Según la CREG, esta normativa establece que los excedentes del autogenerador a pequeña escala se reconocen y liquidan en su frontera comercial, con el comercializador a cargo de la valoración. No se permite trasladar estos costos a la copropiedad para remunerar al autogenerador, ya que existen reglas específicas para que el comercializador gestione dichos cobros en el mercado.

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Modificado por última vez en Domingo, 25 Enero 2026 20:58