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CREG define cobro de energía reactiva para usuarios en Autogeneración Colectiva y confirma vigencia de exención solo para Autogeneradores a Pequeña Escala (AGPE)

Escrito por  Oct 31, 2025

La CREG aclaró que la exención del cobro por energía reactiva establecida en el Decreto 0929 de 2023 aplica exclusivamente a los usuarios con sistemas de Autogeneración a Pequeña Escala (AGPE) a partir de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), pero no a quienes conformen un Autogenerador Colectivo (AC), pues este último tiene un régimen normativo diferente. Al incorporarse a un AC, un usuario pierde la condición de AGPE y queda sujeto a las tarifas de transporte de energía reactiva definidas en el artículo 17 de la Resolución CREG 101 072 de 2025, que establece un factor de cobro transitorio durante los primeros 24 meses. Así, los miembros de AC deben asumir estos costos independientemente de la exención para AGPE, lo que genera un marco claro para la aplicación regulatoria y la adecuada facturación del servicio eléctrico. 

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Modificado por última vez en Jueves, 30 Octubre 2025 21:42