La Superintendencia de Sociedades precisa que la disolución y liquidación de una Entidad Sin Ánimo de Lucro (ESAL) extranjera con negocios permanentes en Colombia debe realizarse a través de un proceso privado regido inicialmente por los estatutos de la entidad y, en ausencia de estos, por normativas similares del Código de Comercio y decretos aplicables. El procedimiento inicia con la designación y registro de un apoderado facultado para liquidar, seguido de la publicación de avisos para informar a los acreedores. La autoridad supervisora solo interviene en casos de incumplimiento o inactividad prolongada, pudiendo decretar la disolución y cancelación de la personería jurídica. Los tiempos y costos dependen de la complejidad del caso. Este procedimiento busca garantizar la transparencia y el debido proceso en la terminación de operaciones de ESAL extranjeras en Colombia