La CREG señala que para ampliar un sistema fotovoltaico existente, como un AGPE, debe seguirse el procedimiento de conexión establecido en el Anexo 5 de la Resolución 174 de 2021. Esto implica realizar nuevamente el proceso de conexión según las condiciones específicas, presentando un documento que informe que la instalación ya es existente y detalle los cambios a realizar, junto con el formulario de conexión simplificado. Para evaluar la capacidad de la red, se debe considerar la potencia máxima adicional declarada. Si aplica estudio simplificado, debe realizarse con las nuevas condiciones. En caso de no aprobarse los cambios, se mantienen las condiciones iniciales. La CREG regula de forma genérica, orientando sobre trámites y pasos para formalizar y ejecutar ampliaciones en sistemas de energía distribuida.