El proceso de remuneración de excedentes para autogeneradores a pequeña escala (AGPE) con fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER) se regula principalmente por la Resolución CREG 174 de 2021. El usuario interesado debe informar al comercializador su intención de ser AGPE durante el proceso preliminar de conexión y suscribir un acuerdo especial antes de iniciar operaciones, para que los excedentes sean remunerados. Los excedentes acumulados menores o iguales a la energía importada se permutan como crédito de energía, mientras que los excedentes que superen esta cantidad se liquidan al precio horario de bolsa. El comercializador cobra ciertos costos asociados según la capacidad instalada del AGPE. El comercializador está obligado a recibir los excedentes del AGPE que utiliza FNCER, y la regulación establece diferentes modalidades de venta según el tipo de usuario y capacidad. Así, se garantiza la correcta remuneración y comercialización de la energía excedente generada.