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Consideraciones de la SSPD sobre la entrega de infraestructura de servicios públicos por parte de los municipios y las competencias departamentales y municipales en cuanto a la garantía de prestación del servicio de gas

Escrito por  Abr 04, 2025

La entrega de infraestructura de servicios públicos de gas combustible por parte de los municipios no se encuentra dentro de las funciones de supervisión de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, ya que esta competencia excede su marco regulatorio. La normativa indica que la planificación y gestión del servicio de gas son responsabilidad del nivel nacional, aunque los municipios pueden coordinar proyectos de masificación con los prestadores.

Los municipios tienen el deber de garantizar la participación ciudadana en la gestión del servicio, otorgar subsidios y realizar la estratificación de inmuebles. Por su parte, los departamentos deben coordinar y apoyar a los prestadores de servicios públicos. A pesar de que el servicio de gas no figura explícitamente en las competencias municipales, los ejecutivos locales pueden involucrarse en proyectos de infraestructura gasífera, asegurando que las instalaciones cumplan con la normativa y apoyen a las empresas prestadoras en su operación y mantenimiento.

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Modificado por última vez en Jueves, 03 Abril 2025 21:35