Este Decreto modifica el artículo 2.21.1.1.4 del Decreto 1071 de 2015, estableciendo que el registro en la plataforma tecnológica Mi Registro Rural será obligatorio para los beneficiarios de créditos e instrumentos financieros canalizados a través del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario. Esta modificación busca mejorar el acceso y control de recursos destinados al fomento de la producción agropecuaria, promoviendo la formalización y la inclusión financiera en el sector rural. Además, el Ministerio de Agricultura, junto con Finagro y otras entidades, tendrá hasta el 31 de diciembre de 2026 para implementar los procedimientos necesarios y realizar campañas de sensibilización sobre la plataforma.