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¿Es obligación tener una base de operaciones en cada área de prestación?: SSPD

Escrito por  Mar 28, 2025

La obligación de tener una base de operaciones en cada Área de Prestación del Servicio (APS) depende de varios factores. Para los prestadores de servicios de aseo que operan en municipios o distritos con más de 5,000 usuarios, se requiere que establezcan una base de operaciones de acuerdo con el artículo 2.3.2.2.2.3.50 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015. Esta base debe cumplir con ciertas características y debe estar ubicada siguiendo las normas de ordenamiento territorial.

Sin embargo, no se establece que la base de operaciones deba estar necesariamente dentro del área de prestación. Las autoridades locales son las encargadas de definir el lugar idóneo para dicha infraestructura, por lo que es posible que se localice fuera de la APS, siempre y cuando respete el Plan de Ordenamiento Territorial. Así, un prestador puede tener múltiples APS a su cargo, cada una requiriendo su respectiva base de operaciones, aunque no pueden operar con una sola base para varias APS. En conclusión, la obligación de tener una base de operaciones es necesaria, pero su ubicación puede variar dependiendo de la regulación local y las características del municipio.

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Modificado por última vez en Jueves, 27 Marzo 2025 22:10