Los prestadores deben seguir requisitos técnicos de diseño, construcción y operación, establecidos en la Resolución 330 de 2017 y en la Resolución 2115 de 2007 sobre la calidad del agua. Además, se subraya que la distribución de agua embotellada no se considera un servicio público domiciliario y, por lo tanto, escapa a las funciones de inspección y vigilancia de la Superintendencia. Para cualquier proyecto, es vital consultar las disposiciones legales y asegurarse de cumplir con todos los requisitos técnicos y regulatorios.