Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

La distribución de agua embotellada no se considera un servicio público domiciliario y, por lo tanto, escapa a las funciones de inspección y vigilancia de la SSPD

Escrito por  Mar 27, 2025

Los prestadores deben seguir requisitos técnicos de diseño, construcción y operación, establecidos en la Resolución 330 de 2017 y en la Resolución 2115 de 2007 sobre la calidad del agua. Además, se subraya que la distribución de agua embotellada no se considera un servicio público domiciliario y, por lo tanto, escapa a las funciones de inspección y vigilancia de la Superintendencia. Para cualquier proyecto, es vital consultar las disposiciones legales y asegurarse de cumplir con todos los requisitos técnicos y regulatorios.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Miércoles, 26 Marzo 2025 21:13