La Entidad aclara que no tiene competencia para abordar la estructuración y ejecución de los programas relacionados con los planes maestros de acueducto y alcantarillado. Estos planes son instrumentos de planificación que deben estar alineados con el plan sectorial del desarrollo territorial de cada municipio, estableciendo metas de cobertura y calidad en el acceso a agua potable y saneamiento básico. No existe una normativa específica que defina los planes maestros de manera concreta; el término es genérico y se usa para trazar rutas específicas. Sin embargo, estos planes son requeridos en el contexto de los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento. Su elaboración corresponde a los municipios y distritos, que deben presentarlos al Concejo para su aprobación, como parte de los planes de ordenamiento territorial existentes.