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CREG aclara dudas sobre el derecho de conexión a la red de distribución de gas

Escrito por  Dic 31, 2020

A través de un concepto la CREG determinó que, el derecho de conexión corresponde a un cargo máximo regulado que paga un usuario para cubrir todos los costos de los elementos necesarios para la construcción e instalación de la conexión, la cual está conformada por la acometida y el medidor, los cuales se encuentran conformados por los dispositivos

y elementos establecidos por el fabricante y la normatividad técnica respectiva aprobada por la autoridad competente.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Diciembre 2020 17:00