La CRA en el presente concepto indicó que este se vincula al régimen de libertad regulada a las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios, bajo el cual, las tarifas serán fijadas autónomamente por las juntas directivas de las empresas que presten estos, o por el alcalde cuando los servicios sean prestados directamente por el municipio. Una vez establecidos los costos económicos de prestación que determinan la tarifa resultante, las empresas podrán actualizar estos costos por indexación o por un paso directo.