Por lo anterior, se modifica el Capítulo Tercero del Título Cuarto del Manual de Servicios, para incorporar el numeral 1.4 ¨Productores del Departamento del Meta afectados por fuertes lluvias”. Se incluyen los municipios de este departamento en los cuales se calificó la afectación por parte del MADR y las actividades agropecuarias afectadas, y se especifican los códigos destinos de créditos relacionados con actividades rurales. El plazo para acceder a esta LEC por afectación de fuertes lluvias es hasta el agotamiento de los recursos presupuestales asignados o el 31 de diciembre de 2020, lo que primero ocurra.