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Consideraciones de la CREG sobre la definición de voltaje eléctrico

Escrito por  Mar 22, 2024

En relación con el voltaje eléctrico, en Resolución CREG 015 de 2018 se definió que para la interpretación y aplicación de esta resolución, se tendrán en cuenta, además de las definiciones establecidas en las Leyes 142 y 143 de 1994, en el Decreto número 388 de 2007 y en las resoluciones vigentes de la CREG, las siguientes: Niveles de tensión: los STR y SDL se clasifican por niveles, en función de la tensión nominal de operación, según la siguiente definición: Nivel 4: sistemas con tensión nominal mayor o igual a 57,5 kV y menor a 220 kV. Nivel 3: sistemas con tensión nominal mayor o igual a 30 kV y menor de 57,5 kV. Nivel 2: sistemas con tensión nominal mayor o igual a 1 kV y menor de 30 kV. Nivel 1: sistemas con tensión nominal menor a 1 kV”. En relación con “vatios de medición”, en Resolución CREG 191 de 2014, por la cual se modifica y complementa la Resolución CREG 119 de 2007, se definió: “Artículo 4o. Costo unitario de prestación del servicio de energía eléctrica. El Costo unitario de prestación del servicio consta de un componente variable de acuerdo con el nivel de consumo, expresado en $/kWh, y un componente fijo, expresado en $/factura, según se indica a continuación: (.)”En ese sentido se definió que la unidad para determinar el consumo de energía fuera el kilovatio hora, kWh.

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Modificado por última vez en Jueves, 21 Marzo 2024 14:01