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CREG absolvió consulta sobre la posibilidad de que los Transmisores Nacionales puedan desarrollar proyectos de electrificación en Zonas No Interconectadas

Escrito por  Mar 08, 2024

A través del presente concepto la CREG indicó que en la regulación vigente no existen restricciones para que un agente, que realice alguna actividad de la cadena de prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica o sus actividades complementarias en el Sistema Interconectado Nacional, pueda realizar actividades en Zonas No interconectadas. Sin embargo, que en las Zonas No Interconectadas no existe la actividad de transmisión nacional, ni regional, como tampoco existe un mercado mayorista de energía, con los cual la neutralidad de los transmisores nacionales del sistema interconectado no tiene ninguna aplicación, ni propósito alguno en la prestación del servicio en las zonas no interconectadas. No obstante, se debe tener en cuenta que algunas zonas no interconectadas tendrían el efecto de prevenir que el transmisor al prestar el servicio, no impida la ejecución de las obras de interconexión para conservar la prestación del servicio en estas zonas.

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Modificado por última vez en Jueves, 07 Marzo 2024 15:45