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Concepto de la CREG sobre la capacidad que debe cumplirse para ser un Generador Distribuido (GD) y el uso de elementos que limiten la inyección a red en el caso de un GD para cumplir el límite regulatorio

Escrito por  Ago 01, 2023

La Entidad precisó que la capacidad instalada o nominal para ser un GD cuando se usan inversores, se define precisamente en función de la capacidad de salida AC de los inversores y es la que se usa para aplicar a requerimientos simplificados de conexión de que trata la

Resolución CREG 174 de 2021.

“Un GD es una empresa de servicios públicos domiciliarios (ESP) dedicada a la actividad de generación y a la entrega total de la energía producida, por tal razón la definición de potencia máxima declarada de que trata la Resolución CREG 174 de 2021 está en función de la Capacidad Efectiva Neta de la regulación vigente y, dentro de los procedimientos de conexión de la citada resolución, le informamos que no se permite para un GD usar dispositivos de limitación de potencia”.

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