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Concepto de la ANM sobre la naturaleza jurídica de las servidumbres mineras

Escrito por  Feb 21, 2023

De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto, las servidumbres mineras son legales o forzosas, es decir que, operan de pleno derecho ya que tienen origen en la ley y no requieren de un acto de constitución para nacer a la vida jurídica. Lo anterior quiere decir que, como

quiera que la industria minera está catalogada como de utilidad pública e interés social, las servidumbres operan siempre que se presenten las condiciones o requisitos establecidos en la ley para su existencia, de modo que si bien en muchos casos la manera y alcance de su ejercicio son fruto del acuerdo entre los interesados, su existencia misma como gravamen nunca estará sometida a reconocimiento expreso de ninguna autoridad, pues lo que se ventila ante esta, es la forma de su ejercicio y el monto y pago de las indemnizaciones a quien la soporta.

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