cuyo objeto o efecto afectarían los propósitos de la CROM y pondrían en riesgo el mercado de energía mayorista” así lo estableció la entidad a través de la publicación de un concepto.
“Frente a los temas regulatorios, es preciso señalar que en el análisis de las disposiciones que tienen ver con las capacidades de respaldo de operaciones en el mercado CROM, en concreto, con la construcción de los patrimonios transaccionales con las NIIF, también se identificó que algunos agentes, bajo la figura del desistimiento o terminación de los contratos, podrían tener conductas
cuyo objeto o efecto afectarían los propósitos de la CROM y pondrían en riesgo el mercado de energía mayorista” así lo estableció la entidad a través de la publicación de un concepto.