en el formato y medio que este disponga, sobre la razón por la cual a la frontera DDV que representa, le aplica la medida transitoria dispuesta.
El consultante solicita a la CREG aclarar la aplicación Parágrafo 2 del Artículo 2 de la Resolución CREG 117A de 2020, Por la cual se aplican medidas transitorias al anillo de seguridad de demanda desconectable voluntaria DDV y a las pruebas de DDV; el parágrafo establece el procedimiento a través del cual el comercializador debe informar al ASIC
en el formato y medio que este disponga, sobre la razón por la cual a la frontera DDV que representa, le aplica la medida transitoria dispuesta.