vigencia 2022, siempre que a 31 de diciembre del mismo año, esta liquidación haya quedado en firme”.
“Los prestadores de servicios públicos domiciliarios deberán pagar a favor de la Superservicios, por concepto de un primer pago de la contribución especial para la vigencia 2023, la suma correspondiente al sesenta por ciento (60%) del valor de la contribución especial de la
vigencia 2022, siempre que a 31 de diciembre del mismo año, esta liquidación haya quedado en firme”.