imposición de servidumbre al que se refiere la Ley 56 de 1981, es decir, por medio de proceso judicial.
A través del presente concepto la SSPD indicó que un prestador de servicios públicos que tenga interés en beneficiarse de una servidumbre, para cumplir su objeto, podrá solicitar la imposición de la servidumbre mediante: i) acto administrativo, o ii) promover el proceso de
imposición de servidumbre al que se refiere la Ley 56 de 1981, es decir, por medio de proceso judicial.