Cada entidad territorial definirá e informará al Ministerio de Hacienda, así como al Ministerio de Salud, el Plan de Saneamiento, indicando las fechas de corte (fases) en las que adelantará el proceso de auditoría por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC del Régimen Subsidiado y la fecha en que presentará cada una de las certificacione establecidas en este decreto para la evaluación del esfuerzo fiscal por parte de la Nación.