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MinTransporte: conductores de cuatrimotos deben portar casco protector y en este debe estar consignado el numero de placa del vehículo

Escrito por  May 16, 2022

El MinTransporte aclaró que, en efecto, derogó la Resolución 1737 del 13 de julio de 2004 por la Resolución 1080 del 19 de marzo de 2019, sin embargo, el numeral 5° del artículo 96, modificado por el artículo 3° de la Ley 1239 de 2008 del Código Nacional de Tránsito Terrestre – Ley 769 de 2002- se encuentra vigente; por lo que de acuerdo a lo señalado en la norma en

cita, el conductor del vehículo automotor (tipo motocicleta, motociclos y/o mototriciclos) y su acompañante -con excepción de los pertenecientes a la fuerza pública-, deberán portar mientras transiten en el vehículo automotor el casco y en el mismo debe estar consignado el número de la placa asignada al vehículo.

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