participado en su condición de agentes del mercado o facilitadores.
De acuerdo con el Decreto 253-2022, establecen las condiciones y la forma en que la SIC, en desarrollo del artículo 14 de la Ley 1340 de 2009, concederá beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de conductas contrarias a la libre competencia adelantadas de manera coordinada por dos (2) o más agentes del mercado, y en las que hubieran
participado en su condición de agentes del mercado o facilitadores.