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MinAmbiente: la Ley del Medio Ambiente no debe entenderse como "Ley Marco"

Escrito por  Dic 20, 2021

“El concepto de Ley Marco debe entenderse circunscritos a aquellas leyes referidas en el numeral 19 del Artículo 150 de la Constitución Política. Por otra parte, el propósito de la Ley 99 de 1993 se encuentra precisado en su encabezado: “Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras disposiciones”. Es claro que este objeto no corresponde a ninguna de las materias a las que se refiere el numeral 19 del artículo 150 de la Constitución Política”.

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Modificado por última vez en Jueves, 23 Diciembre 2021 11:34