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SSPD: empresas prestadoras están obligadas a facilitar medios para recepción y atención de PQR’s

Escrito por  Sep 16, 2021

De acuerdo con el concepto de la SSPS, en aquellos sitios donde, excepcionalmente, no existan oficinas de peticiones, quejas y reclamos, las empresas de servicios públicos deben brindar facilidades a los usuarios a través de puntos o medios que permitan la recepción, trámite de las peticiones, quejas y recursos, toda vez que, los prestadores deberán propender

por la protección del derecho fundamental de petición de los usuarios, en el marco del contrato de servicios públicos. 

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