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MinSalud estableció disposiciones para Población susceptible de vacunación contra el COVID-19 por personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por derecho privado

Escrito por  Ago 30, 2021

Entre los requisitos para la aplicación de las vacunas contra el COVID-19 cuando se llevó a cabo una adquisición directa se encuentra garantizar la aplicación de las vacunas con prestadores de servicios de salud y demás establecimientos habilitados para prestar el servicio de vacunación por la secretaría de salud departamental o distrital o la entidad que haga sus veces de la

jurisdicción donde se realizará la inmunización. Aplicar las vacunas contra la CO VID- 19 a las personas naturales que habiten el territorio nacional con las cuales tengan un vínculo laboral o contractual directo para la realización de actividades que le permitan el desarrollo de su objeto social, incluidos sus proveedores y familiares, así como la población que habite en el área de influencia del territorio donde tenga domicilio, sucursales o lugares donde estas empresas realicen sus operaciones.

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Modificado por última vez en Lunes, 30 Agosto 2021 10:59