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Texto del decreto que crea la prima de actividad para los servidores de los niveles técnico, asistencial y profesional de la Superintendencia de Notariado y Registro

Escrito por  Oct 06, 2020

A través del acto administrativo se crea con efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2020, para los empleados de los niveles profesional, técnico y asistencial de la Superintendencia de Notariado y Registro, una prima de actividad con carácter salarial, equivalente a cuarenta y cinco (45) días de asignación básica mensual, que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla.

La prima se pagará de la siguiente manera: por el periodo comprendido entre el primero (1°) de septiembre al veintiocho (28) de febrero del ario siguiente, el equivalente a quince días (15) de la asignación básica mensual, o proporcional al tiempo laborado durante el periodo de causación, pagadero en la nómina del mes de marzo de cada año. Por el periodo comprendido entre el primero (1°) de marzo y el treinta y uno (31) de agosto, el equivalente a treinta (30) días de la asignación básica mensual, o proporcional al tiempo laborado durante el periodo de causación, pagadero en la nómina del mes de septiembre de cada año.

Decreto-1327-2020