Las secretarías de salud departamentales y del distrito capital, deberán garantizar que el Laboratorio de Salud Pública (LSP) sea el referente de los laboratorios de su área de influencia con personal altamente calificado, insumos, reactivos, infraestructura y sistemas de gestión de calidad y aseguramiento en la validez de sus resultados. Por su parte, los laboratorios de salud pública que actualmente se encuentren con áreas o secciones cerradas, cierre definitivo o suspensiones de metodologías. por incumplir los estándares de calidad definidos por los Laboratorios Nacionales de Referencia, deben realizar las gestiones necesarias para garantizar su apertura incorporando las acciones a realizar para su ejecución en el Plan de Acción en Salud del Plan Territorial de Salud vigente.