En el régimen de los servicios públicos domiciliarios las facturas expedidas por la empresa y debidamente firmada por el representante legal de la entidad prestarán mérito ejecutivo y podrán ser cobradas mediante un proceso ejecutivo, ante la jurisdicción ordinaria o por la vía de jurisdicción coactiva, según la naturaleza del prestador.
De acuerdo con el presente concepto, los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben investigar las desviaciones significativas, lo que supone el empleo de medios técnicos de investigación que permitan establecer si la causa de la desviación se debe a un incremento desmedido del consumo o si puede tener origen en una razón técnica.
De acuerdo con el concepto de la SSPD, los prestadores de servicios públicos domiciliarios, constituidos como empresas industriales y comerciales del Estado, no tienen la obligación legal de nombrar un revisor fiscal, al no ser de aquellas contempladas por el Código de Comercio como sociedades por acciones; lo anterior, salvo que el acto de creación o sus estatutos así lo exijan.
SSPD reiteró que “mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria, la cual ha sido extendida hasta el 31 de mayo de 2021, las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto no pueden adelantar acciones de suspensión o corte del servicio a los suscriptores residenciales (incluidos aquellos que fueron suspendidos por fraude a la conexión o al servicio).”
A través del concepto se aclaró que, la rectificación de cauces cierre de brazos, meandros y madreviejas, se encuentran sometidos al régimen de licenciamiento ambiental, igualmente los proyectos referidos a la construcción de carreteras, incluyendo puentes y demás infraestructura asociada a la misma, la construcción de segundas calzadas, la construcción de túneles con sus accesos,
A través del presente concepto se aclaró que los sistemas de recolección selectiva tienen como propósito el de asegurar una gestión adecuada de las llantas usadas por parte de los productores. No obstante, y por regla general, la gestión corresponde a una actividad independiente, que se desarrolla por organizaciones especializadas.
El MinAmbiente indicó a través de la publicación del presente concepto, que es a las corporaciones autónomas regionales a las que corresponde realizar el seguimiento y control ambiental a los lugares de almacenamiento y aprovechamiento de llantas usadas.
De acuerdo con el concepto emitido por el INVIMA no podrán acceder a las tarifas diferenciadas, las microempresas que se encuentren en una situación de subordinación respecto de gran empresa, o pertenezcan a un grupo empresarial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 260 y 261 del Código de Comercio.
“La transformación es una reforma al contrato de sociedad; como consecuencia de ello, la persona jurídica solamente cambia respecto de su forma societaria pero no se considera que exista una nueva sociedad ni que haya un cambio de titular del registro, permiso o notificación sanitaria como resultado de la transformación”.
A través del concepto la Entidad indicó que “El Ministerio de Salud y Protección Social será la única entidad encargada de importar las vacunas contra el COVID -19 que se apliquen en la ejecución del Plan Nacional de Vacunación. La misma entidad determinará el momento en el que personas jurídicas públicas y privadas podrán importar, comercializar y aplicar las vacunas contra el COVID-19, así como las condiciones que deberán cumplir para el efecto, previa recomendación de las instancias de coordinación y asesoría con las que cuente”.