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Interpretación jurídica de la CREG sobre la capacidad efectiva de una planta de generación de energía

Escrito por  May 27, 2021

De acuerdo con el concepto, la CREG define la capacidad efectiva de una planta en el reglamento de operación, Resolución CREG 025 de 1995, en los siguientes términos: “Es la máxima cantidad de potencia neta (expresada en valor entero en MW) que puede suministrar una unidad de generación en condiciones normales de operación.

Los valores se presentan en el Documento de Parámetros Técnicos del SIN. Estos valores deben ser registrados y validados por los propietarios de los generadores al CND.”

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