De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, el sistema de suministro de energía de emergencia son aquellas plantas, unidades de generación o sistemas de almacenamiento de energía que utilizan los usuarios para atender parcial o totalmente su consumo en casos de interrupción del servicio público de energía eléctrica y tienen un sistema de transferencia manual o automático de energía que garantice la no inyección de energía eléctrica a la red