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Interpretación jurídica de la CREG sobre el sistema de suministro de energía de emergencia

Escrito por  Ene 25, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, el sistema de suministro de energía de emergencia son aquellas plantas, unidades de generación o sistemas de almacenamiento de energía que utilizan los usuarios para atender parcial o totalmente su consumo en casos de interrupción del servicio público de energía eléctrica y tienen un sistema de transferencia manual o automático de energía que garantice la no inyección de energía eléctrica a la red

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Modificado por última vez en Lunes, 25 Enero 2021 14:21