La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) precisó que no tiene la competencia para definir las licencias de construcción o permisos urbanísticos en proyectos de generación distribuida. Conforme a la Ley 143 de 1994, los agentes del sector deben gestionar ante las autoridades competentes los permisos ambientales, sanitarios y municipales que sean exigibles según la ley. La entidad subrayó que es responsabilidad de cada inversionista identificar estos requisitos basándose en las características y ubicación de su infraestructura. El trámite de licencias de construcción corresponde exclusivamente a la autoridad municipal del sitio de ejecución. Así, la regulación sectorial opera en armonía con las normas territoriales vigentes