La normativa no proporciona una definición precisa de "subsistencia" en el contexto del uso del agua; por lo tanto, se hacen preguntas sobre qué criterios deberían aplicarse para clasificar usos del agua como de subsistencia en actividades agrícolas, acuícolas y pecuarias. Respecto a los límites de caudal, se considera que no es adecuado imponer restricciones adicionales a este uso en viviendas rurales dispersas, ya que la ley no lo menciona. En el caso de comunidades organizadas, la normativa exige que el agua se utilice exclusivamente para consumo humano y subsistencia familiar, enfatizando la necesidad de que el gobierno reglamente aún más esta resolución para asegurar un uso eficiente del recurso hídrico.