de la determinación del consumo asociado, en el caso donde existe medición, no hay discusión sobre dicha determinación, dado que el medidor es quien determina este valor. En el caso donde no hay redes exclusivas y no existe medición del alumbrado público, entendiendo que se determina un aforo y con base en él se calcula un consumo en el nivel de tensión 1, dado que esa cantidad de energía tuvo que ser transportada desde un nivel superior, generalmente el nivel de tensión 2, produciendo pérdidas en su transporte, por lo que dicho aforo debe ser referido al nivel de tensión 2 para que sea compatible con la tarifa a aplicar (del nivel de tensión 2).